El derecho penal es como un conjunto de reglas de
comportamiento. Cuando el hombre se da cuenta de que la vida en anarquía es
insostenible siente que es necesario algún tipo de organización.
De una manera consensuada siente el hombre la
obligación de que algo o alguien sea árbitro de esa colectividad. El hombre decide de esta forma dejar en el
pasado la venganza y la guerra privada en donde no existía ninguna frontera a
la reacción de un afectado por un atentado.
Es decir, antes, si alguien me cortaba un dedo, mi reacción podía ir tan
lejos como cortarle un brazo entero (eso no es justo ni equitativo!)
El hombre se da cuenta de que ante una infracción
había que asignarle la responsabilidad y la pena a alguien. La pena es la sanción que se le pueda imponer
al agente que ha causado el daño. La pena
se impone no en el interés de los particulares sino en el interés de la colectividad
completa, para asegurar la seguridad
jurídica, paz y armonía social.
El hombre evoluciona y llega un momento en que da un
poder de arbitraje a seres ligados a la divinidad o ligados al poder social o
económico.
Luego sigue evolucionando y
de reglas rudimentarias para regular la protección de los bienes y los activos
relevantes de la sociedad (vida, sociedad, honor, familia) llega un momento en
que se da cuenta de que esa es una tarea que hay que dársela y confiársela a
alguien, un superior a todos nosotros, la tarea de crear eso que se denomina
hoy derecho penal.
El derecho penal no
es otra cosa que la regulación por excelencia de derecho público que sirve para
proteger los bienes relevantes de esa colectividad y e a su vez tiende a la
imposición de una pena privativa de libertad o no.
Es así que se llega a la justicia
pública. El estado a través de sus
distintos poderes es el encargado de la justicia. El poder legislativo, a través del
legislador, debe interpretar el interés de la colectividad, de quien emana ese
poder y decir qué reglas son necesarias, reglas formales y específicas que
aseguren vida en paz en la colectividad.
Es el estado a partir de ese momento quien tiene el monopolio del derecho penal positivo en una
comunidad. Ya no es el cacique, el
sacerdote o el señor feudal. Es el
estado a través de uno de sus órganos, quien define lo que es una infracción y
cuál debe ser la sanción impuesta.
De qué forma debe encausarse la acción? Es el estado a través de su brazo judicial a
quien le toca interpretar el aplicar eso que el estado legislativo ha definido
como delito y le ha asignado una sanción.
Las formas de reacción ante un daño hecho en nuestra
contra han ido evolucionando desde la mera crueldad, hasta agreder en contra y
venganza hasta el momento en que hoy solamente puedo hacer lo mismo que me
hicieron a mi si puedo (esta actitud de "venganza controlada" es el
primer indicio de racionalidad y proporcionalidad en las reacciones). Hasta finalmente hoy cuando sólo el estado crea
y aplica el derecho penal.

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