miércoles, 2 de julio de 2014

Derecho Penal (Crímenes y delitos contra las personas)


El derecho penal es como un conjunto de reglas de comportamiento. Cuando el hombre se da cuenta de que la vida en anarquía es insostenible siente que es necesario algún tipo de organización. 
De una manera consensuada siente el hombre la obligación de que algo o alguien sea árbitro de esa colectividad.  El hombre decide de esta forma dejar en el pasado la venganza y la guerra privada en donde no existía ninguna frontera a la reacción de un afectado por un atentado.  Es decir, antes, si alguien me cortaba un dedo, mi reacción podía ir tan lejos como cortarle un brazo entero (eso no es justo ni equitativo!)
El hombre se da cuenta de que ante una infracción había que asignarle la responsabilidad y la pena a alguien.  La pena es la sanción que se le pueda imponer al agente que ha causado el daño.  La pena se impone no en el interés de los particulares sino en el interés de la colectividad completa,  para asegurar la seguridad jurídica, paz y armonía social.

El hombre evoluciona y llega un momento en que da un poder de arbitraje a seres ligados a la divinidad o ligados al poder social o económico.  

Luego sigue evolucionando y de reglas rudimentarias para regular la protección de los bienes y los activos relevantes de la sociedad (vida, sociedad, honor, familia) llega un momento en que se da cuenta de que esa es una tarea que hay que dársela y confiársela a alguien, un superior a todos nosotros, la tarea de crear eso que se denomina hoy derecho penal. 

El derecho penal no es otra cosa que la regulación por excelencia de derecho público que sirve para proteger los bienes relevantes de esa colectividad y e a su vez tiende a la imposición de una pena privativa de libertad o no.  

Es así que se llega a la justicia pública.  El estado a través de sus distintos poderes es el encargado de la justicia.  El poder legislativo, a través del legislador, debe interpretar el interés de la colectividad, de quien emana ese poder y decir qué reglas son necesarias, reglas formales y específicas que aseguren vida en paz en la colectividad.  Es el estado a partir de ese momento quien tiene el monopolio  del derecho penal positivo en una comunidad.  Ya no es el cacique, el sacerdote o el señor feudal.  Es el estado a través de uno de sus órganos, quien define lo que es una infracción y cuál debe ser la sanción impuesta. 

De qué forma debe encausarse la acción?  Es el estado a través de su brazo judicial a quien le toca interpretar el aplicar eso que el estado legislativo ha definido como delito y le ha asignado una sanción.


Las formas de reacción ante un daño hecho en nuestra contra han ido evolucionando desde la mera crueldad, hasta agreder en contra y venganza hasta el momento en que hoy solamente puedo hacer lo mismo que me hicieron a mi si puedo (esta actitud de "venganza controlada" es el primer indicio de racionalidad y proporcionalidad en las reacciones).  Hasta finalmente hoy cuando sólo el estado crea y aplica el derecho penal.

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